Lima, 7 de mayo de 1927 Sr. Muy señor mío: La exposición que publicamos en el Nº 8 de "Amauta" respecto a la situación financiera y el programa administrativo de la revista, lo informará a Ud. de la organización, a la fecha bastante avanzada, de la Sociedad Editora Amauta. Sobre esta ampliación de las bases económicas de "Amauta", que entra resueltamente en un periodo de estabilización y desarrollo, llamamos la atención de Ud. seguros de sus cooperación entusiasta. Si es posible colocar entre los amigos y simpatizantes de su población algunas acciones, encargamos a Ud. la gestión respectiva. EL valor de la acción es de Lp. 5.0.00 pagaderas así: el 50 % al suscribir la acción y el respeto en cinco armadas mensuales. Los pedidos deben ser dirigidos a José Carlos Mariátegui, organizador de la Sociedad. Debiendo la Sociedad asumir la administración de la revista desde el Nº 9, nos urge practicar a la brevedad posible la liquidación de las cuentas de "Amauta" hasta el Nº 8, a cargo de José Carlos Mariátegui. Para esto contamos con el concurso de nuestros agentes. giramos en la fecha por conducto del Banco sus saldos respectivos. La letra girada a su cargo es a 8 días vista y por la suma de Lp. [en blanco] a que asciende su saldo hasta el Nº 7 de marzo. Si tuviera Ud. números sobrantes, le rogamos cargarlos a la cuenta del Nº 8 que le hemos expedido por correo pasado. Con los más cordiales sentimientos, me es muy grato suscribirme de Ud. atto. y S.S.
Lima, 6 de agosto de 1929 Señor Julio C. Mariátegui Gerente de la Imprenta Minerva Señor Gerente: Con fecha 5 del actual se han cumplido los tres meses únicos que se les concedió como espera en la devolución del préstamo recibido por Uds. según la cláusula tercera de su contrato escriturario. En la cláusula segunda del referido contrato queda determinado de una manera clara y concluyente que el no cumplimiento por parte de Uds. en la devolución del capital en la forma estipulada en la cláusula tercera obliga hacer el pago en forma ejecutiva del capital íntegro con sus intereses y gastos que ocasionaran dicho cobro. Le hago presente Señor Gerente, que si no hacen Uds. el pago inmediato de las tres armadas que tiene vencidas que es a razón de 30 libras por mes, tendré que exigir el pago íntegro del capital y no ya por armadas y por ser una de las condiciones expresamente determinadas en la cláusula que le manifiesto. Espero se sirva tomar debida nota lo que le significa el no abonar las tres armadas vencidas. De Ud. Señor Gerente su muy atto. y s.s. M. S. Sánchez Adición: Sírvase tomar nota que tiene Ud. dos recibos impagos de intereses y que se precisa también los pague enseguida.
Lima, octubre de 1929 Señor D. José Carlos Mariátegui Ciudad Muy señor mío: De acuerdo con la claúsula 5a. del contrato de sociedad que tenemos celebrado por escritura pública de 21 de mayo de 1926, confiérole, por medio de la presente poder suficiente para que asuma las funciones de Gerente de nuestra sociedad. De Ud. muy atto. i SS. SS. Julio Cesar Mariátegui.