Lima, 30 de enero 1928 Sr. G. León. Matucana Estimado Señor: Con toda complacencia tomamos nota de su atta, carta fecha 18 del presente. Junto en el No.11 que debe salir en estos días, irán los recibos y los libros de la Editorial Minerva" que Ud. nos solicita. En espera de su órdenes que nos será muy grato cumplir, nos suscribimos muy atentamente. Administrador
Lima, 6 de agosto de 1929 Señor Julio C. Mariátegui Gerente de la Imprenta Minerva Señor Gerente: Con fecha 5 del actual se han cumplido los tres meses únicos que se les concedió como espera en la devolución del préstamo recibido por Uds. según la cláusula tercera de su contrato escriturario. En la cláusula segunda del referido contrato queda determinado de una manera clara y concluyente que el no cumplimiento por parte de Uds. en la devolución del capital en la forma estipulada en la cláusula tercera obliga hacer el pago en forma ejecutiva del capital íntegro con sus intereses y gastos que ocasionaran dicho cobro. Le hago presente Señor Gerente, que si no hacen Uds. el pago inmediato de las tres armadas que tiene vencidas que es a razón de 30 libras por mes, tendré que exigir el pago íntegro del capital y no ya por armadas y por ser una de las condiciones expresamente determinadas en la cláusula que le manifiesto. Espero se sirva tomar debida nota lo que le significa el no abonar las tres armadas vencidas. De Ud. Señor Gerente su muy atto. y s.s. M. S. Sánchez Adición: Sírvase tomar nota que tiene Ud. dos recibos impagos de intereses y que se precisa también los pague enseguida.