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Fondo Imprenta y Editorial Minerva América Latina Administración
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Fondo Imprenta y Editorial Minerva

  • PE PEAJCM EEM-F-02
  • Arquivo
  • 1925-1936

A través de este fondo se puede conocer de forma minuciosa la creación de la Imprenta y Editorial Minerva y su forma de trabajo durante su funcionamiento. Los documentos que se presentan contienen información valiosa y relevante con respecto a la primera imprenta de gran tecnología implementada en el Perú, en donde la sociedad desarrollada por Julio César y José Carlos Mariátegui no solo tuvo un fin comercial sino fomentar una industria del libro con grandes estándares en cuanto a la calidad de los contenidos y de la impresión.
Este fondo presenta varias series, las cuales han sido formadas a partir de la naturaleza de la Sociedad; por lo tanto, encontraremos: Correspondencia, Documentos Administrativos, Finanzas, Suscriptores y demás.

Imprenta y Editorial Minerva

Carta de Julio César Mariátegui, 10/1929

Lima, octubre de 1929
Señor D. José Carlos Mariátegui
Ciudad
Muy señor mío:
De acuerdo con la claúsula 5a. del contrato de sociedad que tenemos celebrado por escritura pública de 21 de mayo de 1926, confiérole, por medio de la presente poder suficiente para que asuma las funciones de Gerente de nuestra sociedad.
De Ud. muy atto. i SS. SS.
Julio Cesar Mariátegui.

Mariátegui La Chira, Julio César

Carta de M. S. Sánchez, 6/8/1929

Lima, 6 de agosto de 1929
Señor Julio C. Mariátegui
Gerente de la Imprenta Minerva
Señor Gerente:
Con fecha 5 del actual se han cumplido los tres meses únicos que se les concedió como espera en la devolución del préstamo recibido por Uds. según la cláusula tercera de su contrato escriturario.
En la cláusula segunda del referido contrato queda determinado de una manera clara y concluyente que el no cumplimiento por parte de Uds. en la devolución del capital en la forma estipulada en la cláusula tercera obliga hacer el pago en forma ejecutiva del capital íntegro con sus intereses y gastos que ocasionaran dicho cobro.
Le hago presente Señor Gerente, que si no hacen Uds. el pago inmediato de las tres armadas que tiene vencidas que es a razón de 30 libras por mes, tendré que exigir el pago íntegro del capital y no ya por armadas y por ser una de las condiciones expresamente determinadas en la cláusula que le manifiesto.
Espero se sirva tomar debida nota lo que le significa el no abonar las tres armadas vencidas.
De Ud. Señor Gerente su muy atto. y s.s.
M. S. Sánchez
Adición: Sírvase tomar nota que tiene Ud. dos recibos impagos de intereses y que se precisa también los pague enseguida.

Sánchez, M. S.